Si compró una piscina elevada Bestway de 48 pulgadas o más de altura con correas que se extienden hacia el exterior de las patas verticales a partir de 2008, es posible que tenga derecho a recibir beneficios derivados de un Acuerdo de demanda colectiva.
Chicago, 4 de agosto de 2026 /PRNewswire-HISPANIC PR WIRE/ -- La siguiente notificación ha sido emitida por el Administrador del Acuerdo aprobado por el Tribunal y ha sido autorizada por el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Illinois, en los autos: In re: Bestway Above-Ground Pools Litigation (Autos caratulados: Litigio sobre las piscinas elevadas Bestway), Caso N.° 1:25-cv-09570.
Se ha llegado a una propuesta de acuerdo en una demanda colectiva contra Bestway (USA) Inc. ("Bestway USA"), Bestway Inflatables & Material Corp. ("Bestway Inflatables") y Bestway (Hong Kong) International Ltd ("Bestway Hong Kong") (en forma conjunta denominadas "Bestway" o las "Demandadas") en relación con un supuesto defecto de seguridad que supone un riesgo potencial de ahogamiento. El caso se titula In re: Bestway Above-Ground Pools Litigation, (Autos caratulados: Litigio sobre las piscinas elevadas Bestway), N.° 1:25-cv-09570 (N.D. Ill.). El acuerdo no constituye un reconocimiento de responsabilidad y no exime de reclamos por lesiones personales o daños materiales. Además, nada de lo dispuesto en este acuerdo modifica, limita o extingue el Retiro del Mercado del 21 de julio de 2025 relacionado con las Piscinas en cuestión, el cual continúa vigente independientemente de este Acuerdo, y el cual no está avalado ni incorporado en este Acuerdo.
¿Quién está incluido en el Acuerdo?
Usted es parte del Colectivo del Acuerdo si compró, para uso personal y no para reventa, en una tienda u otro comercio minorista —no de segunda mano— una piscina de la marca Bestway de 48 pulgadas de altura o más (incluidos los modelos Power Steel y Steel Pro) con correas de compresión situadas en el exterior de las barras de soporte, vendida entre 2008 y 2024.
¿Cuáles son los beneficios del Acuerdo?
El Acuerdo pone a disposición de los Miembros del Colectivo del Acuerdo la suma de $15.000.000, que se ha estructurado para cubrir e incluir los pagos y distribuciones a los Miembros del Colectivo del Acuerdo que cumplan los requisitos, los costos de Notificación y Administración, los Honorarios y Gastos de los Abogados (por hasta un máximo de un tercio del Monto del Acuerdo), y Retribuciones por Servicios de $2.500 para cada uno de los Demandantes nominados.
¿Cómo puedo recibir un pago del Acuerdo?
Los Miembros del Colectivo del Acuerdo deben presentar un Formulario de Reclamo en línea en www.PoolSettlementBW.com o por correo, con sello postal fechado a más tardar el 30 de octubre de 2026 , dirigido al Administrador del Acuerdo a Bestway Settlement Administrator, P.O. Box 1869, Baton Rouge, LA 70821. Los formularios de reclamo también pueden obtenerse llamando al 1-855-789-5948 o enviando un correo electrónico a [email protected]. Los Miembros del Colectivo que presenten un Reclamo Válido tendrán varias opciones de pago electrónico para elegir, o pueden optar por recibir un cheque.
¿Qué opciones tengo?
Presentar un Formulario de Reclamo: Si presenta un Formulario de Reclamo, es posible que reciba una compensación monetaria, pero no podrá demandar ni continuar con la demanda contra las Demandadas en relación con los reclamos que resuelve este Acuerdo.
Excluirse: Si no desea quedar legalmente obligado por el Acuerdo, debe excluirse del mismo; no recibirá ningún beneficio monetario derivado del Acuerdo, pero conservará su derecho a demandar a las Demandadas en un juicio por separado en relación con los reclamos resueltos por este Acuerdo.
Oponer objeciones: Si no se excluye, puede oponer objeciones al Acuerdo. Todo Miembro del Colectivo del Acuerdo que no oponga una objeción válida dentro del plazo establecido renuncia al derecho de oponerse o de hacer uso de la palabra en la Audiencia de Aprobación Definitiva. Usted quedará obligado por el Acuerdo de Conciliación y ya no podrá oponer ninguna objeción al mismo.
Los detalles completos sobre cómo excluirse u oponer objeciones al Acuerdo pueden consultarse en www.PoolSettlementBW.com. La fecha límite para excluirse u oponer objeciones al Acuerdo es el 30 de octubre de 2026.
No hacer nada: Si no hace nada, usted permanecerá en el colectivo de demandantes, no tendrá derecho a recibir beneficios monetarios y quedará obligado por las decisiones del Tribunal; además, renunciará a sus derechos a entablar acciones legales contra las Demandadas por los reclamos que resuelve este Acuerdo.
¿El Tribunal ha aprobado el Acuerdo?
No. El Tribunal celebrará una Audiencia de Aprobación Definitiva el 20 de noviembre de 2026, a las 10:00 a. m., hora central, ante la Honorable Jueza Lindsey C. Jenkins, del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Illinois, 219 South Dearborn Street, Sala 2119, Chicago, IL 60604, para determinar si el Acuerdo es justo, razonable y adecuado, y para considerar la aprobación de Honorarios de Abogados y Retribuciones por Servicios ($2.500) para los Representantes del Colectivo del Acuerdo. El escrito de Solicitud de Honorarios de Abogados presentado por los Abogados del Colectivo estará disponible en el Sitio Web del Acuerdo una vez que se haya presentado ante el Tribunal. Si hay objeciones, el Tribunal las considerará.
Usted o su propio abogado, si lo tiene, pueden solicitar comparecer y hacer uso de la palabra en la audiencia a su propio costo, pero no están obligados a hacerlo. No es necesario que asista a la audiencia para recibir beneficios.
¿Cómo puedo obtener más información?
Esta notificación es solo un resumen. Para obtener más información, visite www.PoolSettlementBW.com o llame gratis al 1-855-789-5948. También puede escribir al Administrador del Acuerdo a Bestway Settlement Administrator, P.O. Box 1869, Baton Rouge, LA 70821.
FUENTE Bestway Settlement Administrator